Señal R-104: Entrada prohibida a motocicletas
Señales de reglamentaciónSeñales de prohibición de entrada

Imagen: Catálogo oficial de señales, RD 465/2025 (BOE).
Texto y dibujo del catálogo oficial de señales de circulación, Anexo I del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 465/2025), Catálogo de señales verticales de circulación, Tomo I, 3.3 Señales de prohibición de entrada, BOE página 79127.
Revisado el 11 de octubre de 2026 · fuente: catálogo oficial RD 465/2025 (BOE)
Qué significa la señal R-104
«Prohibición de acceso a motocicletas y a vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas.» RD 465/2025, Anexo I del RGC (BOE-A-2025-12199).
La R-104, que se busca también como R104 o R 104, veda la entrada a quienes van en moto. Es un disco blanco con aro rojo y, dentro, la figura negra de una persona con casco montada en una motocicleta. Solo afecta a esa categoría: un coche o una furgoneta pasan sin problema.
Dónde está la frontera de «moto»
Para la ley, una motocicleta de dos ruedas es un automóvil de dos ruedas, sin sidecar, con motor de más de 50 cm³ si es de combustión y/o con velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h; con sidecar es un vehículo de tres ruedas asimétricas con esas mismas cifras (TRLSV anexo I, concepto 14). Un ciclomotor de dos ruedas queda por debajo: no pasa de 50 cm³ ni de 45 km/h, o de 4 kW si es eléctrico (TRLSV anexo I, concepto 9). Por eso un ciclomotor no es una moto a efectos de esta señal.
La prohibición se aplica a quien la encuentra de frente, en el sentido de su marcha, y desde donde está colocada (RGC art. 145, apartados 2.b y 4).
Con qué se confunde: R-105
Se confunde con R-105, «Entrada prohibida a ciclomotores», porque las dos muestran un vehículo de dos ruedas con motor y el dibujo es parecido. La diferencia es de categoría, no de forma: moto es lo que supera los 50 cm³ o los 45 km/h, ciclomotor lo que no los supera. Quien conduce un scooter de 49 cm³ y 45 km/h no está afectado por la R-104 pero sí por la R-105. Y al revés: la R-405, de fondo azul, no prohíbe nada, sino que obliga a las motos a usar una calzada.
Ejemplo: en la entrada de una calle con la R-104, una persona con una moto de 125 cm³ debe rodear la zona. Quien va en un automóvil sigue adelante.
Señales relacionadas
- R-105: Entrada prohibida a ciclomotores
- R-103: Entrada prohibida a vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas
- R-405: Calzada obligatoria para motocicletas de dos ruedas
Se estudia en el tema 10: Señales verticales de circulación.
Fuente: RGC art. 145; TRLSV anexo I, conceptos 9 y 14; RGC anexo I, señal R-104 (RD 465/2025).
Otras señales del mismo grupo
R-100 Circulación prohibida
R-101 Entrada prohibida
R-102 Entrada prohibida a vehículos de motor
R-103 Entrada prohibida a vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas
R-105 Entrada prohibida a ciclomotores
R-106 Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías
R-107 Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías con mayor masa autorizada que la indicada.
R-108 Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas
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