Señal R-305: Adelantamiento prohibido
Señales de reglamentaciónOtras señales de prohibición y restricción
Imagen: Catálogo oficial de señales, RD 465/2025 (BOE).
Texto y dibujo del catálogo oficial de señales de circulación, Anexo I del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 465/2025), Catálogo de señales verticales de circulación, Tomo I, 3.5 Otras señales de prohibición y restricción, BOE página 79135.
Revisado el 28 de septiembre de 2026 · fuente: catálogo oficial RD 465/2025 (BOE)
Qué significa
«Por añadidura a los principios generales sobre adelantamiento, indica la prohibición a todos los vehículos de adelantar a los vehículos a motor que circulen por la calzada cuando dicha maniobra implique invadir la zona reservada al sentido contrario de circulación.» RD 465/2025, Anexo I del RGC (BOE-A-2025-12199).
La señal prohíbe a todos los vehículos adelantar a los vehículos de motor de más de dos ruedas que circulan por la calzada cuando la maniobra implique invadir la zona reservada al sentido contrario.
Dónde la encuentras
La ves en tramos de carretera donde el adelantamiento queda vedado. Rige desde la señal hasta una de fin de prohibición de adelantamiento (R-502) o de fin de prohibiciones (R-500). Un panel con distancias puede acotarla (S-800, S-830).
Qué debes hacer
No adelantes a vehículos de motor invadiendo el sentido contrario. Pasar un vehículo averiado que ocupa tu carril no es un adelantamiento sino un rebase, y la prohibición no lo alcanza (RGC art. 88.2). Si un panel indica una distancia, la prohibición empieza donde el panel dice, no en la señal; sin panel, rige desde su sección (RGC arts. 145.3 y 145.4).
Detalles que cuentan
La excepción de las motocicletas es doble y debe cumplirse entera: el vehículo adelantado es una motocicleta de dos ruedas y la maniobra no pisa el sentido contrario. R-305 pertenece a la clase residual de «otras señales de prohibición o restricción», distinta de la entrada prohibida, de la restricción de paso y de la obligación (RGC art. 145.2.d).
Con qué se confunde
Se confunde con R-306, «Adelantamiento prohibido para camiones». R-305 prohíbe a todos adelantar invadiendo el sentido contrario; R-306, solo a los camiones de más de 3.500 kg, incluso cuando la maniobra no invada ese sentido. La señal específica no se extiende a autobuses ni obliga a un camión de menor masa.
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- R-502: Fin de la prohibición de adelantamiento
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Se estudia en el tema 23: El adelantamiento.
Fuente: RGC arts. 88.2, 145.2.d, 145.3, 145.4; RGC anexo I, señal R-305 (RD 465/2025).
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