Señal R-502: Fin de la prohibición de adelantamiento
Señales de reglamentaciónSeñales de fin de prohibición, restricción u obligación
Imagen: Catálogo oficial de señales, RD 465/2025 (BOE).
Texto y dibujo del catálogo oficial de señales de circulación, Anexo I del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 465/2025), Catálogo de señales verticales de circulación, Tomo I, 3.7 Señales de fin de prohibición, restricción u obligación, BOE página 79147.
Revisado el 28 de septiembre de 2026 · fuente: catálogo oficial RD 465/2025 (BOE)
Qué significa
«Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de adelantamiento prohibido.» RD 465/2025, Anexo I del RGC (BOE-A-2025-12199).
Pone fin al tramo de adelantamiento prohibido: pasada la señal, rigen de nuevo las reglas generales del adelantamiento.
Dónde la encuentras
La ves al final del tramo en el que R-305 te prohibía adelantar. Sin ninguna señal de fin, la prohibición rige hasta una señal de fin de prohibición de adelantamiento o una de fin de prohibiciones. Tras un tramo con R-305 la ves en el punto donde acaba la prohibición.
Qué debes hacer
Al pasarla, puedes volver a adelantar cumpliendo las reglas generales; no significa que adelantar sea siempre posible, solo que la prohibición específica ha terminado. Lo que levanta es esa prohibición concreta (RGC art. 145.2.f). No te obliga a adelantar: solo deja de estar prohibido hacerlo, y las reglas generales siguen vigentes.
Detalles que cuentan
R-502 es una de las señales de fin de prohibición o restricción (RGC art. 145.2.f). Sin ella, la prohibición de R-305 rige hasta una señal de fin de adelantamiento o de fin de prohibiciones. Cada fin responde a otra señal: R-501 a la de velocidad máxima y R-506 a la de velocidad mínima.
Con qué se confunde
Se confunde con R-500, «Fin de prohibiciones», y con R-503. R-502 levanta la prohibición general de adelantar; R-503 es la contrapartida exacta de la de camiones de más de 3.500 kg y solo levanta esa; R-500 tiene un alcance mayor y levanta a la vez todas las prohibiciones específicas para vehículos en movimiento. Lo que R-502 levanta es solo la prohibición general de adelantar: no levanta la de camiones (R-306), que termina con R-503, ni un límite de velocidad, que tiene su propio fin (R-501).
Señales relacionadas
- R-305: Adelantamiento prohibido
- R-503: Fin de la prohibición de adelantamiento para camiones
- R-500: Fin de prohibiciones
Se estudia en el tema 23: El adelantamiento.
Fuente: RGC art. 145.2.f; RGC anexo I, señal R-502 (RD 465/2025).
Otras señales del mismo grupo
R-500 Fin de prohibiciones
R-501 Fin de la limitación de velocidad
R-503 Fin de la prohibición de adelantamiento para camiones
R-504 Fin de zona de estacionamiento limitado.
R-505 Fin de vía reservada y obligatoria para ciclos.
R-506 Fin de velocidad mínima
R-507 Fin de calzada obligatoria para automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas.
R-508 Fin de calzada obligatoria para motocicletas de dos ruedas.
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