Señal S-24: Fin de obligación de alumbrado de corto alcance (cruce)
Señales de indicaciónSeñales de indicaciones generales

Imagen: Catálogo oficial de señales, RD 465/2025 (BOE).
Texto y dibujo del catálogo oficial de señales de circulación, Anexo I del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 465/2025), Catálogo de señales verticales de circulación, Tomo I, 3.8 Señales de indicaciones generales, BOE página 79158.
Revisado el 11 de octubre de 2026 · fuente: catálogo oficial RD 465/2025 (BOE)
Qué significa la señal S-24
«Indica el final de un tramo en el que es obligatorio el alumbrado al menos de cruce o corto alcance y recuerda la posibilidad de prescindir de este, siempre que no venga impuesto por circunstancias de visibilidad, horario o iluminación de la vía.» RD 465/2025, Anexo I del RGC (BOE-A-2025-12199).
La S-24, que se busca como S24 o S 24, cierra un tramo en el que habías de llevar las luces de cruce encendidas. Es un rectángulo azul apaisado con el dibujo blanco de un faro de cuyo lado salen rayos inclinados, seguido de un signo de interrogación. La pregunta es el recordatorio: ¿hace falta seguir con ellas?
No es un «apaga todo»
La señal te devuelve una libertad, pero con letra pequeña: puedes prescindir de las luces siempre que otra causa no las exija. El catálogo cita tres: la visibilidad, el horario y la iluminación de la vía. Esas causas están en el reglamento. Entre el ocaso y la salida del sol, en vías suficientemente iluminadas, y a cualquier hora en túneles y pasos inferiores suficientemente iluminados, el alumbrado de cruce va encendido (RGC art. 101.1). En vías interurbanas poco iluminadas, o cuando concurren ciertas circunstancias como el riesgo de deslumbrar, también (RGC art. 101.2).
Y hay vehículos que ni con S-24 pueden apagarlas de día: las motocicletas deben llevar encendida la luz de cruce en cualquier vía (RGC art. 104.a).
Con qué se confunde: R-413
Se confunde con R-413, «Alumbrado de corto alcance», que es su inicio. R-413 es de reglamentación: obliga a circular con el alumbrado al menos de corto alcance, con independencia de la visibilidad e iluminación, desde su colocación hasta otra señal de fin de esa obligación (catálogo, R-413). La S-24 es esa señal de fin, aunque sea de indicación y no de reglamentación, y por eso su mensaje es más matizado: quita la obligación específica, no las demás razones.
Ejemplo: sales de un tramo con R-413, ves la S-24 y es mediodía con sol. En un coche puedes apagar los cruces. Una moto no. Y si te metes a continuación en un túnel, vuelves a encenderlos por la regla del túnel, no por la señal anterior.
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Se estudia en el tema 10: Señales verticales de circulación.
Fuente: RGC arts. 101.1, 101.2, 104.a; RGC anexo I, señales S-24 y R-413 (RD 465/2025).
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