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Tema 33: distracciones, móvil y auriculares, somnolencia y fatiga al volante

Revisado el 11 de octubre de 2026 · fuentes: BOE (RGC, RGV, LSV, RGCond) y DGT

Lectura de unos 8 minutos, con la regla, su artículo del BOE y la trampa de cada apartado.

Las distracciones y el cansancio son dos de las causas más repetidas de los accidentes de tráfico, y el temario las trata juntas porque comparten un mismo deber legal: el conductor debe mantener la atención permanente a la conducción y estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo. En este tema hay dos tipos de contenido: reglas de la ley, como la prohibición del móvil o de los auriculares, y consejos técnicos, algunos del Manual del Permiso B de la DGT, sobre cómo actúan la distracción y la somnolencia.

El capítulo separa unos y otros. Cuando algo es obligación legal indicamos el artículo; cuando es guía técnica, lo indicamos también. La parte de los dispositivos, con sus ejemplos, tiene además su propia página: móvil y auriculares al volante.

1. Qué es una distracción

Distraerse es fijarte en algo, dentro o fuera del vehículo, que no tiene relación con conducir. Según el Manual del Permiso B de la DGT (lectura fácil, tema 3), las edades de más riesgo son de 18 a 25 años y más de 70; las distracciones son más frecuentes cuando hay varias personas en el coche, porque conversar distrae; y se concentran en verano, en viajes de fin de semana, de día, y más en carretera (autopistas y autovías) que en ciudad.

Distraen la vía, el tráfico y lo que haces tú, no solo el móvil. De la vía: conocerla bien y confiarte, tener mucho tráfico con peatones y señales a la vez, la mala visibilidad nocturna y los deslumbramientos. De la persona: comer o beber conduciendo, mirar un mapa o sacar un insecto del coche. Y del estado de ánimo: una discusión fuerte o una noticia triste hacen perder la concentración.

Manos del conductor sobre el volante, vista desde el asiento trasero
Manos del conductor sobre el volante, vista desde el asiento trasero. Ilustración generada con IA, solo orientativa.

La trampa del examen: conocer bien la carretera no te protege: baja la vigilancia. Y llevar más pasajeros no es más seguridad: conversar distrae.

2. La atención permanente y las pantallas

El conductor está obligado a mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, para garantizar su seguridad y la de los demás. Debe cuidar la posición adecuada, la de los pasajeros y la colocación de los objetos o animales transportados para que no interfieran (RGC, art. 18.1; Ley de Tráfico, art. 13.2).

Se considera incompatible con esa atención el uso por el conductor, con el vehículo en movimiento, de pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Se exceptúan los monitores a la vista del conductor cuya utilización sea necesaria para ver el acceso o la bajada de peatones o para las cámaras de maniobras traseras, y el GPS (art. 18.1, párrafo segundo).

Pantalla de infoentretenimiento encendida en el salpicadero
Pantalla de infoentretenimiento encendida en el salpicadero. Esquema de DrivingLingo.

La trampa del examen: no hace falta móvil ni pantalla para incumplir: cualquier distracción lo es, aunque no haya accidente. La lista de pantallas no es cerrada: el criterio es la incompatibilidad con la atención permanente. Y la prohibición es del uso con el vehículo en movimiento: aparcado fuera de la calzada no hay prohibición.

3. El móvil y los auriculares

Queda prohibido conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio, auriculares o instrumentos similares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción; solo se exceptúan la enseñanza y las pruebas de aptitud en circuito abierto para obtener el permiso. Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y de cualquier otro medio o sistema de comunicación (RGC, art. 18.2; Ley de Tráfico, art. 13.3).

Hay excepciones cerradas: los dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de motocicletas y ciclomotores, solo para intercomunicación o navegación y siempre que no afecten a la seguridad; la comunicación que se desarrolla sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares; y los agentes de la autoridad en sus funciones y los conductores de vehículos de las Fuerzas Armadas en convoy.

Conductor sujetando un teléfono móvil junto al volante
Conductor sujetando un teléfono móvil junto al volante. Esquema de DrivingLingo.

Novedad de octubre de 2026: el artículo 18.2 se reescribe: antes prohibía «cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido»; ahora prohíbe «cualquier tipo de casco de audio, auriculares o instrumentos similares» y otros dispositivos que disminuyan la atención. Además fija expresamente la excepción del intercomunicador integrado en el casco certificado de la moto. Lo recoge el Real Decreto 518/2026.

La trampa del examen: el criterio no es el soporte del móvil, sino que no uses las manos, ni cascos ni auriculares: hablar con manos libres sin auriculares está permitido; hablar con un solo auricular, no, porque la norma prohíbe conducir utilizando auriculares sin distinguir uno de dos. Y un volumen bajo no los permite.

4. Radares: lo que se prohíbe y lo que no

Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros, o cualquier instrumento para eludir o interferir en el funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, y también llevar mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de la prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia (RGC, art. 18.3; Ley de Tráfico, art. 13.6).

La trampa del examen: «solo avisa, no interfiere» es la línea entre lo legal y lo prohibido: un avisador de posición no es un detector ni un inhibidor. Y el detector está prohibido aunque no lo uses: basta con llevarlo en el vehículo.

5. Tabaco, manos libres y GPS

La guía técnica de la DGT recoge que fumar al volante duplica el riesgo de accidente y que usar el móvil lo multiplica por cuatro. Fumar distrae por cuatro motivos: buscar y encender el cigarro, tener una mano ocupada, ver peor por el humo y respirar peor aire. El manos libres también es peligroso, porque sigue restando atención. El GPS se programa antes de salir, se deja fijo sin que ruede y en un sitio que permita abrir los airbags (Manual del Permiso B).

La trampa del examen: el manos libres no elimina el riesgo: la ley lo permite, pero sigue restando atención. Lo permitido no es lo recomendable.

6. La somnolencia: causas y síntomas

Según el Manual del Permiso B («Somnolencia»), la somnolencia viene de dormir poco, mal o a horas distintas, y de ciertos momentos y carreteras. Dormir menos de lo habitual es una de las causas, y también cuentan cambiar tus horas de dormir y dormir mal, aunque sean muchas horas. El riesgo aumenta de madrugada, a mediodía tras comer y en carreteras con poco tráfico, por la monotonía.

Los síntomas son bostezar mucho, ver borroso, no poder mantener la cabeza recta ni los ojos abiertos, perder la concentración, tener pensamientos sin sentido y no recordar los últimos kilómetros. Con ellos no te fijas en las señales, te pasas la salida, conduces muy cerca del vehículo de delante y te sales del carril sin darte cuenta.

Carretera larga y vacía vista desde el coche
Carretera larga y vacía vista desde el coche. Ilustración generada con IA, solo orientativa.

La trampa del examen: una vía tranquila no es más segura frente al sueño: la monotonía lo favorece. Aprende la lista de síntomas de arriba y relaciónala con tu deber de poder controlar el vehículo (art. 17.1).

7. El microsueño, la prevención y la fatiga

El microsueño es dormirte unos segundos sin darte cuenta, y rompe tu deber de poder controlar el vehículo (RGC, art. 17.1). La somnolencia tiene dos efectos: tardas más en reaccionar y decides peor. Para evitarla, la DGT recomienda planificar el descanso cada dos horas o 200 km, aunque aún no sientas cansancio, y hacer caso al detector de fatiga del vehículo si lo lleva, que avisa cuando reconoce que estás muy cansado o a punto de dormirte.

La fatiga no es solo cosa de profesionales: también afecta a los demás conductores en recorridos largos o nocturnos. El remedio es parar y descansar: abrir la ventanilla o subir la música no sustituye al descanso, y seguir hasta un área lejana no cumple el deber de estar en condiciones de controlar el vehículo. Un exceso de calor en el vehículo también fatiga; la temperatura de referencia es de unos 23 grados.

La trampa del examen: ignorar el detector de fatiga porque te sientes bien es un error: tu sensación no es una medida fiable del cansancio. Y la fatiga se arregla parando, no con trucos.

8. Tiempos de conducción y descanso (profesionales)

Para el transporte profesional por carretera, el conductor hace una pausa de al menos 45 minutos tras 4 horas y 30 minutos de conducción. Esa pausa puede partirse en una primera de 15 minutos y una segunda de 30, y no se admite el orden inverso. El máximo diario es de 9 horas, ampliable a 10 horas dos veces por semana (Reglamento (CE) 561/2006, arts. 6.1 y 7). El tacógrafo registra los tiempos de conducción y descanso; la Ley de Tráfico sanciona la manipulación, y también participar o colaborar en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que la permitan (Ley de Tráfico, art. 77.m).

Tacógrafo de un taxi
Tacógrafo de un vehículo: registra los tiempos de conducción y descanso. Foto: VVVN, CC BY 3.0, Wikimedia Commons.

La trampa del examen: la pausa dividida es 15 minutos y luego 30, no al revés. Y las cifras de conducción profesional (4 h 30, 45 minutos, 9 horas) no se aplican al conductor particular, para quien la regla es detenerse cuando notes fatiga.

Fuentes de este capítulo: Reglamento General de Circulación (arts. 17 y 18), Ley de Tráfico (arts. 13 y 77), Real Decreto 518/2026, Reglamento (CE) 561/2006 y el Manual del Permiso B de la DGT en lectura fácil para las partes técnicas.

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