Tema 37: el accidente, la obligación de auxilio y la conducta PAS
Revisado el 11 de octubre de 2026 · fuentes: BOE (RGC, RGV, LSV, RGCond) y DGT
Lectura de unos 7 minutos, con la regla, su artículo del BOE y la trampa de cada apartado.
Ante un accidente, la ley te obliga a actuar, y el orden en que lo haces importa. La conducta PAS (proteger, avisar, socorrer) resume el procedimiento que enseña la DGT: primero te proteges y proteges el lugar, después avisas, y solo entonces socorres a las víctimas. Este tema recoge la parte legal, que fija el Reglamento General de Circulación (RGC), y la parte técnica de la DGT; el siguiente, el tema 38, explica cómo atender a los heridos.
El capítulo sigue la secuencia real: qué estás obligado a hacer, cómo proteger y avisar, qué no debes tocar, si sales o te quedas dentro del vehículo y cómo se señaliza la avería desde el 1 de enero de 2026.
1. La obligación de auxilio
Los usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico, lo presencien o tengan conocimiento de él están obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimas, si las hay, y a prestar su colaboración para evitar mayores peligros o daños, restablecer en lo posible la seguridad de la circulación y esclarecer los hechos (RGC, art. 129.1; la Ley de Tráfico lo dice igual en su artículo 51.1).
La obligación no depende de estar implicado. Quien advierte un accidente sin estar implicado en él debe cumplir lo que le afecte del apartado 2, salvo que manifiestamente no sea necesaria su colaboración, o que ya hayan llegado la autoridad o sus agentes (art. 129.3).
La trampa del examen: no hace falta estar implicado en el accidente. Presenciarlo, o incluso solo tener conocimiento de él, ya te obliga a auxiliar o a solicitar auxilio. La única salvedad es que tu colaboración no sea necesaria.
2. Qué debe hacer el implicado en el accidente
El apartado 2 del artículo 129 lista, «en la medida de lo posible», lo que debe hacer todo usuario implicado (RGC, art. 129.2):
- Detenerse de forma que no cree un nuevo peligro para la circulación.
- Hacerse una idea de conjunto de las circunstancias y consecuencias, para decidir el orden de las medidas: seguridad de la circulación, auxilio a las víctimas, facilitar su identidad y colaborar con la autoridad.
- Esforzarse por mantener la seguridad de la circulación y, si hay muertos o heridos graves, o si se ha avisado a la autoridad, evitar modificar el estado de las cosas y las huellas u otras pruebas útiles, salvo que con ello se perjudique la seguridad de los heridos o de la circulación.
- Prestar a los heridos el auxilio más adecuado y, especialmente, recabar auxilio sanitario.
- Avisar a la autoridad si hay heridos o muertos, y permanecer o volver al lugar hasta que llegue, salvo que te autoricen a irte o debas atender a los heridos o ser atendido. No hace falta avisar ni quedarse si solo hay heridas claramente leves, la circulación está restablecida y nadie lo solicita.
- Comunicar tu identidad a las otras personas implicadas, si te lo piden; y si solo hay daños materiales y la parte afectada no está presente, tomar medidas para facilitársela cuanto antes.
- Facilitar los datos del vehículo a otros implicados, si lo piden.

La trampa del examen: la excepción a no modificar el estado de las cosas es amplia: si mover el coche salva a un herido o evita un nuevo alcance, lo mueves. Y no rellenar el parte en la calzada: se hace en un lugar seguro fuera de la vía (RGC, art. 130.5).
3. Proteger: a ti, a las víctimas y el lugar
El primer paso de la conducta PAS es proteger. Según el Manual del Permiso B de la DGT (lectura fácil, tema 16), proteges tres cosas, y en este orden: a ti mismo, a las víctimas y el lugar del accidente. En la práctica: detienes tu vehículo en un lugar seguro, paras el motor, enciendes las luces de emergencia y te pones el chaleco reflectante homologado antes de salir del coche. Es la traducción práctica de «detenerse de forma que no cree un nuevo peligro» y de «esforzarse por restablecer o mantener la seguridad de la circulación» del artículo 129.2.a y c.

La trampa del examen: proteger tu propia seguridad va primero, no último. Un socorrista atropellado es una víctima más, y por eso ni te lanzas a socorrer sin ponerte el chaleco ni dejas tu coche en un lugar que cree otro peligro.
4. Avisar: llamar al 112 con los datos
Avisar es llamar al 112, y antes de llamar recoges toda la información que puedas: si hay fuego, cuántos heridos hay y en qué estado, para que envíen los servicios adecuados. Si no tienes móvil, usas el poste SOS más cercano. Después, quédate en el lugar hasta que lleguen los servicios, salvo que debas atender a un herido o seas tú el atendido (DGT, Manual en lectura fácil; RGC, art. 129.2.d y e).

La trampa del examen: llamar antes de mirar es el error: una llamada sin datos hace que manden los recursos equivocados.
5. Vehículo inmovilizado: salir o quedarse dentro
Si por avería o accidente el vehículo o su carga obstaculizan la calzada, tras señalizarlo convenientemente adoptas las medidas para que se retire cuanto antes: lo sacas de la calzada y lo colocas cumpliendo las normas de estacionamiento, siempre que sea factible (RGC, art. 130.1). Si puedes continuar, lo haces de forma inmediata, con seguridad; si necesitas un servicio de auxilio, abandonas lo antes posible los carriles de circulación hacia la primera salida usando el arcén derecho, o te detienes en el arcén derecho o donde menos obstáculo cause (art. 130.2).
Cuando el vehículo queda inmovilizado sin posibilidad de reemprender la marcha, los ocupantes deben abandonarlo si hay un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación, y salir por el lado contrario al flujo de tráfico, sin transitar ni permanecer en carriles ni arcenes. Si no se puede salir con seguridad, permanecen en el habitáculo con el cinturón abrochado (art. 130.3).
La trampa del examen: quedarte dentro con el cinturón puesto no es pasividad: es lo correcto cuando fuera no hay un lugar seguro. Lo incorrecto es salir al arcén de una autovía y quedarse esperando al lado del coche.
6. Señalizar la avería: la V-16 conectada
En el caso de accidente o avería, además de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, todo conductor debe emplear el dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario para advertir la circunstancia (RGC, art. 130.4).
Ese dispositivo es la señal V-16: una luz amarillo auto que se coloca en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado para garantizar su máxima visibilidad, y que indica que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su carga ha caído sobre ella (RGV, anexo XI, señal V-16). Debe comunicar su activación a la Dirección General de Tráfico, de modo que el vehículo accidentado se geolocalice.

Hasta el 1 de enero de 2026 se podían seguir usando los dispositivos de preseñalización anteriores, incluidos los triángulos y las V-16 luminosas no conectadas, según la disposición transitoria primera del Real Decreto 159/2021, en la redacción del Real Decreto 1030/2022. A partir de esa fecha, el dispositivo que vale es la V-16 conectada. El detalle, con las novedades de la DGT, está en novedades 2026 y en el tema 8.
La trampa del examen: el dispositivo de preseñalización es hoy la luz V-16 conectada, colocada en lo alto del vehículo, no dos triángulos a 50 metros. Los triángulos dejaron de valer como señal V-16 el 1 de enero de 2026. Y no se sustituyen por la luz de emergencia: se usan además de ella.
Fuentes de este capítulo: Reglamento General de Circulación (arts. 129 y 130), Ley de Tráfico (art. 51), Reglamento General de Vehículos (anexo XI, V-16), Real Decreto 159/2021 y el Manual del Permiso B de la DGT en lectura fácil para las partes técnicas.
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