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Conductores profesionales de países sin convenio: la única vía de canje que ofrece la DGT

Revisado el 11 de octubre de 2026 · fuentes: DGT, BOE

Respuesta corta. Si tu país no está en la lista de convenios de la DGT, tu carnet no se canjea, con una excepción: que seas conductor profesional. La DGT tiene un procedimiento propio para ese caso. Pide seis meses de contrato como conductor profesional y seis meses de cotización a la Seguridad Social en España, y que apruebes una prueba de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas. Cuesta 94,05 € (tasa 2.1) y se pide con cita previa. Para el resto de conductores de esos países, la vía es el examen de siempre.

Esta página no se aplica a quien conduce un coche particular: ahí la regla es la de la guía general del canje y la respuesta es el examen teórico y el práctico.

Quién puede pedirlo

Según la ficha de la sede de la DGT (consultada el 11 de octubre de 2026), tienes que:

  • ser residente en España y titular de un permiso de un país extracomunitario, fuera del EEE, sin convenio de canje con España;
  • haber trabajado al menos seis meses como conductor profesional, contratado por una empresa legalmente establecida en España o con sucursal aquí;
  • no estar privado del derecho a conducir ni tener el permiso suspendido o intervenido;
  • superar la prueba de circulación (que la DGT describe como un control de aptitudes y comportamientos en vías abiertas al tráfico).

La base legal es el Reglamento General de Conductores, artículo 22.1.b: hay que acreditar haber estado contratado como conductor profesional, por un tiempo no inferior a seis meses, por empresas legalmente establecidas o con sucursal en España, que lo justifican con los documentos de afiliación y cotización a la Seguridad Social. La consideración de conductor profesional se entiende en los términos del Real Decreto 1032/2007 (cualificación inicial y formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera). La prueba de circulación tiene una duración máxima de 30 minutos.

Documentos

  1. Solicitud oficial (modelo 03), con las declaraciones de no estar privado judicialmente del derecho a conducir ni tener otro permiso UE/EEE de la misma clase retirado, suspendido o anulado.
  2. DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor.
  3. El permiso extranjero original, en vigor.
  4. Traducción oficial al castellano si hace falta, que confirme la validez y las clases. La hacen traductores jurados, cónsules de España en el extranjero, el cónsul en España del país que expidió el permiso u otro organismo autorizado.
  5. Informe de aptitud psicofísica de un centro de reconocimiento de conductores.
  6. Certificado de la empresa con al menos seis meses de contrato como conductor profesional, y justificante de seis meses de cotización.
  7. La tasa 2.1 de 94,05 €.
  8. Opcionalmente, la autorización a la DGT para comprobar tu padrón y tu alta en el IAE.

Cómo se pide y qué recibes

La ficha de la DGT habla de cita previa en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, por internet o llamando al 060. Este trámite es solo presencial: en la ficha de la sede, los iconos de internet, app miDGT y teléfono aparecen desactivados y solo está activo «Presencial»; la cita previa se pide por internet o llamando al 060. Comprueba el estado actual en la ficha antes de ir.

En la cita se retira tu permiso extranjero y te dan un permiso provisional que vale seis meses para conducir solo en España. El definitivo llega por correo en torno a mes y medio después. Para conducir en otro país necesitas el Permiso Internacional.

Mientras no lo canjeas

Tu permiso extranjero solo vale para conducir en España seis meses desde que adquieres la residencia normal (185 días por año natural, en situación regular). El Reglamento no liga los seis meses de contrato a esos seis meses de validez: el artículo 22.1 presenta el canje como lo que permite seguir conduciendo una vez pasado el plazo del artículo 21.2.c, y el 22.2 permite pedirlo en cuanto tienes la residencia normal. Es decir, puedes pedirlo cuando hayas completado los seis meses de contrato, pero pasado el plazo de residencia ya no puedes conducir con el permiso extranjero (art. 21.3). Si no puedes acreditar el contrato, la vía es el examen del permiso español (el trámite general explica la parte administrativa).

Lo que NO es esta vía

  • No sirve para países con convenio: allí el canje se hace sin exigir contrato, y con las pruebas que dicte cada país.
  • No es un atajo para evitar el examen si no eres profesional.

Preguntas frecuentes

¿Puedo canjear mi permiso si mi país no tiene convenio?

Solo si eres conductor profesional y cumples seis meses de contrato y de cotización en España. Si no, tienes que aprobar el examen teórico y el práctico.

¿Hay que hacer examen?

Una prueba de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas. No se describe examen teórico en la ficha.

¿Cuánto cuesta?

La tasa 2.1 es de 94,05 €. Se paga con tarjeta en la oficina, no en efectivo, o con una tasa comprada antes.

¿Cuánto vale el permiso provisional?

Seis meses, solo en España.

¿Vale esta vía para China, Senegal o la India?

Sí, para sus conductores profesionales residentes, porque ninguno tiene convenio. Ver China y Senegal.

Fuentes

Esta página explica las normas; no es asesoramiento jurídico. Para tu caso, pregunta en tu Jefatura Provincial de Tráfico o llama al 060.

Prepara la parte de las normas

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