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Señal R-501: Fin de la limitación de velocidad

Señales de reglamentaciónSeñales de fin de prohibición, restricción u obligación

Señal R-501: Fin de la limitación de velocidad

Imagen: Catálogo oficial de señales, RD 465/2025 (BOE).

Texto y dibujo del catálogo oficial de señales de circulación, Anexo I del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 465/2025), Catálogo de señales verticales de circulación, Tomo I, 3.7 Señales de fin de prohibición, restricción u obligación, BOE página 79147.

Revisado el 11 de octubre de 2026 · fuente: catálogo oficial RD 465/2025 (BOE)

Qué significa la señal R-501

«Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de velocidad máxima.» RD 465/2025, Anexo I del RGC (BOE-A-2025-12199).

La R-501, que también se busca como R501 o R 501, te avisa de que el límite de velocidad que traías, fijado por una señal, termina en ese punto. Es un disco blanco de borde negro con una cifra de velocidad y rayas diagonales que la cruzan.

Qué viene después

El error habitual es pensar que, al pasarla, puedes ir a la velocidad que quieras. En la vía donde no hay señalización específica de límite, se cumple la velocidad genérica de esa vía (RGC art. 47). Fuera de poblado, esos máximos dependen del tipo de vía y de vehículo (RGC art. 48); en vías urbanas, el genérico es de 20, 30 o 50 km/h según la vía (RGC art. 50.1). Los límites genéricos solo ceden ante lo que fijen las señales y ante las circunstancias de cada conductor o vehículo (RGC art. 52.1). La R-501 retira el límite señalizado, no las demás reglas de velocidad.

Desde dónde y para quién

Como el resto de señales de reglamentación, sus efectos arrancan en la sección transversal donde está colocada, salvo que un panel inferior indique una distancia (RGC art. 145.4). Es una de las señales de fin de prohibición o restricción (RGC art. 145.2.f). En tramos con obras, el catálogo manda que las señales de fin comprendidas entre R-500 y R-504 pasen a fondo amarillo en lugar de blanco (catálogo, apartado 2.5).

Un ejemplo

Vienes por una carretera con una señal de 70 km/h tras un cruce. Unos kilómetros después ves la R-501. Desde ahí no rige ya ese 70, pero tampoco una ausencia de límite: miras qué velocidad genérica corresponde a la vía y al vehículo que conduces, y ajustas a ella.

Con qué se confunde: R-500 y R-301

La R-500, «Fin de prohibiciones», levanta de una vez todas las prohibiciones específicas para vehículos en movimiento; la R-501 solo atañe a la velocidad máxima y nada más. La R-301, «Velocidad máxima», es la señal que se anula aquí: borde rojo y cifra negra, mientras que la R-501 es blanca y tachada. Y la R-506 hace lo mismo con el mínimo de velocidad, no con el máximo.

Señales relacionadas

Se estudia en el tema 15: Velocidad.

Fuente: RGC arts. 47, 48, 50.1, 52.1, 145.2.f y 145.4; RGC anexo I, apartado 2.5 del catálogo y señal R-501 (RD 465/2025).

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