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Señales de peligro de España

58 señales del catálogo oficial del Ministerio (Real Decreto 465/2025), reproducido por DrivingLingo, con su imagen y su significado. Pulsa una para leer su definición y practicar.

Una señal de peligro avisa, no manda

Las señales de peligro tienen un objetivo muy concreto: indicar la proximidad y la naturaleza de un peligro que costaría percibir a tiempo, para que el conductor cumpla las normas de comportamiento que correspondan en cada caso (RGC art. 144.1). No imponen una conducta por sí mismas. Lo que te piden es atención y, según la situación, moderar la velocidad o prepararte para parar.

Cómo reconocerlas

En el catálogo del Real Decreto 465/2025 son las que llevan el código P y suelen ser triángulos de borde rojo con el símbolo del peligro en negro. En una zona de obras pueden aparecer sobre fondo amarillo, según el apartado 2.5 del catálogo. Si ves un triángulo con la punta hacia abajo no estás ante una de este grupo, sino ante el ceda el paso (R-1), que es de reglamentación.

Los paneles que las acompañan

Un panel complementario debajo puede decirte a qué distancia empieza el peligro o cuánto dura (RGC art. 144.2 y 144.3). Es un detalle que se olvida: el número en metros del panel S-800 no es la longitud del tramo peligroso, es lo que falta para llegar a él; la longitud la da el panel S-810. Para esa lectura y para el EXCEPTO, consulta el grupo de paneles complementarios.

Cómo estudiarlas

Agrúpalas por lo que anuncian: las intersecciones y la prioridad (P-1 a P-4), los pasos a nivel y los puentes móviles (P-5 a P-11), las curvas y el perfil de la vía (P-13 a P-17), las personas, ciclistas y animales (P-20 a P-24), el estado del pavimento y de la vía (P-19, P-26 a P-30), y las situaciones del tráfico, como la congestión, la visibilidad reducida o el trenzado (P-31 a P-35). Las que quedan sueltas, como obras (P-18), aeropuerto (P-12) u otros peligros (P-50), se aprenden aparte. El tema donde más se trabajan es el tema 10: Señales verticales de circulación.

Fuente: RGC art. 144; RGC anexo I, apartado 2.5 y señales P (RD 465/2025).

Señales de advertencia de peligro

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